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Prevención de la esclavitud moderna

El presidente del Consejo consultivo de los derechos humanos (CCDH), el sr. Ahmed Herzenni, participó el 14 y 15 de septiembre de 2009 en la Conferencia de Alto Nivel de la Alianza para la lucha contra la trata de personas sobre “la lucha contra la esclavitud moderna”. La participación del CCDH tuvo como objetivo intercambiar las mejores prácticas en la lucha contra la trata de personas.

La conferencia, celebrada en Viena, reunió a representantes gubernamentales, parlamentarios, expertos, profesionales de los medios de comunicación y actores de la sociedad civil que velan por la lucha contra la trata de personas procedentes de 56 países miembros de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa y todos sus socios mediterráneos y asiáticos.

El encuentro se organizó en el Centro de Hofburg Congress de Viena y trató esencialmente: las actividades de las Naciones Unidas en la lucha contra la trata de seres humanos y las medidas de prevención, la presentación de los resultados de las investigaciones realizadas en relación con el análisis de los factores económicos que favorecen la trata de personas, la evaluación del impacto de la crisis económica sobre el tráfico humano y la prevención de las consecuencias para los inmigrantes, el papel de los medios de comunicación en la prevención de la trata de personas, compartir las mejores prácticas en la lucha contra la trata y la explotación mediante la creación de puestos de trabajo, la lucha contra la corrupción y el desmantelamiento de las redes de trata.

En 2003, el Consejo de Ministros de la OSCE ha aprobado el plan de acción para luchar contra la trata de personas y ha establecido un mecanismo de lucha contra la misma. El referido plan establece un vínculo directo entre el compromiso político y la participación de los Estados desde 1975, y la aplicación de las recomendaciones a nivel nacional en materia de la prevención, protección y aplicación de la ley relativa a la investigación y el enjuiciamiento.

Cabe señalar que varios países de la OSCE están comprometidos en la lucha contra la trata de personas en varios sectores: la lucha contra el trabajo forzoso en la construcción en Israel, la lucha contra el trabajo doméstico de los niños africanos en Gran Bretaña, la trata de personas en el hogar y las zonas agrícolas en los Estados Unidos, la lucha contra el trabajo forzoso y la servidumbre de los chinos en Francia...

Cabe recordar que la Asamblea General de las Naciones Unidas del 9 de diciembre de 1998, decidió en la resolución 53/111 establecer un Comité intergubernamental especial de composición abierta para elaborar una convención internacional general de lucha contra la criminalidad transnacional organizada y examinar, en su caso, la elaboración de un instrumento internacional para luchar contra la trata de mujeres y niños. En este sentido, se adoptó el protocolo adicional a la Convención de las Naciones Unidas contra la criminalidad transnacional organizada para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente de mujeres y niños. Este último tiene dos objetivos: prevenir y combatir la trata de personas, prestando especial atención a las mujeres y los niños y proteger y ayudar a las víctimas de la trata con pleno respeto a sus derechos fundamentales y promover la cooperación entre los Estados Partes para realizar estos objetivos.

Según el protocolo adicional, la expresión "trata de personas" significa el transporte, el traslado y la acogida o recepción de personas mediante la amenaza o el uso de la fuerza u otras formas de coacción. Por el rapto, se entiende el fraude, el engaño, el abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra con fines de la explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución del otro u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzosos, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos.

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