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El CNDH organiza y coordina la observación cualitativa del referendum sobre el proyecto de la constitución

En el marco de las prerrogativas y las misiones que le son conferidas conforme al artículo 25 del dahir de su creación, el Consejo nacional de derechos humanos (CNDH) procedió, en coordinación con los servicios del ministerio del interior, a la observación del referéndum sobre el proyecto de la nueva constitución que tuvo lugar el 1er de julio de 2011.

La observación ha cubierto una serie de ciudades a saber: Casablanca, Rabat, Laayoune, Agadir, Safi, Dakhla, Tanger, Boujdour, Bouaarfa y Smara.

En este marco, los observadores han beneficiado de una formación en materia del seguimiento de la observación conforme a los criterios internacionales en vigor y las leyes nacionales en la materia. Los observadores se han basado igualmente sobre la experiencia acumulada por el CCDH a través la observación de las elecciones legislativas del 1997 y las del 2009.

El CNDH, conforme al artículo 21 del dahir de su creación, ha coordinado la observación efectuada por el tejido asociativo. 184 observadores han supervisado el referéndum en 493 oficinas a nivel de 36 prefecturas y provincias.

Compuesto por 48 miembros, el equipo de los observadores del CNDH se basó en su trabajo sobre un cuestionario sobre la operación del voto y otro consagrado al seguimiento del curso de la campaña del referéndum durante los días del miércoles y el jueves, además del seguimiento mediático a través, en particular, los artículos de prensa y ciertos sitios de la prensa electrónica.

El Consejo llevó a cabo una observación cualitativa en la medida en que ésta se ha centrado en el período de la campaña del referéndum, en particular en lo que se refiere al respeto de las leyes en vigor, la disponibilidad de los materiales necesarios , así como el respeto de todas las condiciones necesarias para el buen funcionamiento del escrutinio, conforme a las normas internacionales en la materia.

Por su parte, el Ministerio del Interior ha puesto a disposición del Consejo todas las facilidades necesarias para el cumplimiento de su misión y han distribuido un circular a las partes concernidas a nivel local a fin de facilitar el acceso a los centros de voto para los observadores.

La operación de observación realizada por el CNDH ha cubierto 147 oficinas de voto, y se realizó en tres fases, a saber, la fase de apertura de las oficinas de votación y el lanzamiento del referéndum, la fase del seguimiento de la votación en algunas oficinas de votación y la última fase fue el seguimiento de la operación del escrutinio en otras oficinas de voto en los mismos lugares de observación, con una media de tres visitas para cada observador en tres oficinas de voto diferentes, a fin de alcanzar los objetivos cualitativos asignados a esta operación de observación.

Los representantes del Consejo participarán también en la operación de censo final de los votos que tendrá lugar el 8 de julio de 2011, de conformidad con el código electoral, a nivel de las comisiones provinciales de censo presididas por el presidente del tribunal de la primera instancia.

A nivel central, el Comité de pilotaje que supervisa la operación de observación ha recibido todos los datos que presentan los observadores y procederá a su tratamiento informático con miras a elaborar un informe preliminar, en espera de la publicación de un informe exhaustivo de conformidad con las normas establecidas por el Consejo en este marco.

En general, se constató que en la observación de del voto en las oficinas afectadas, la operación se desarrolló en las condiciones enunciadas por la ley y ninguna irregularidad ni incumplimiento no han sido registrados.

El Consejo presentará en su informe final, las propuestas y recomendaciones relativas a las reformas que considera necesarias para introducirlas en el arsenal jurídico que rige la operación electoral a partir de los datos acumulados, sea durante las próximas elecciones legislativas y comunales, o a través este escrutinio y tomando en consideración las buenas prácticas en vigor en otros países.

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